Día Nacional de Lucha contra la Explotación Sexual Comercial de Niños, Niñas y Adolescentes

Cuando:
7 diciembre, 2015 todo el día
2015-12-07T00:00:00-01:00
2015-12-08T00:00:00-01:00

La ESCNNA se define como el uso de Niños, Niñas y Adolescentes para actividades sexuales por las cuales se recibe un pago o promesa de retribución para la víctima o para un proxeneta. Pornografía, turismo sexual, espectáculos sexuales, relaciones sexuales remuneradas,  trata y  tráfico de personas también son entendidos delitos de explotación sexual comercial.

En Uruguay cuando hablamos de personas menores de 18 años no podemos referirnos a prostitución infantil, porque no existe, el Trabajo Sexual es legal a partir de los 18 años. Cuando un niño, niña o adolescente que se encuentre en una situación así debemos hablar sobre Explotación Sexual Comercial.

Términos adecuados:

*Explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes: NO prostitución infantil

*NNA explotado sexualmente: NO niña prostituta

*Explotador/Delincuente: NO cliente

*Proxeneta: NO intermediario

Legislación Nacional

*Ley 17.815: violencia sexual comercial o no comercial cometida
contra niños, adolescentes o incapaces

* ley 8.080: represion del delito de proxenetismo y delitos afines

Legislación Internacional

*Convención sobre los Derechos del Niño: art. 34 y 35

*Protocolo facultativo sobre la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía.

Congresos mundiales Explotación Sexual Comercial y otras formas de Violencia o Abuso Sexual sobre niños, niñas y adolescentes

*1996-Estocolmo

*2001-Yokohama

*2008-Brasil