VIOLENCIA HACIA LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES EN EL ÁMBITO DOMÉSTICO



Avances en materia legislativa

  • Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, aprobada por la Asamblea de Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989, y ratificada por Uruguay el 28 de setiembre de 1990 a través de la Ley 16.137.

  • Delito de Violencia Doméstica incorporado a nuestro código penal a través del artículo 18 de la Ley 16.707, también conocida como de Seguridad Ciudadana en 1995 .

  • Ley 17.514 o Ley de Prevención, Detección Temprana, Atención y Erradicación de la Violencia Doméstica.

  • Ley 17.823 Código de la Niñez y la Adolescencia, aprobado en 2004.

  • Ley 18.214, integridad personal de niños, niñas y adolescentes, aprobada en 2007.
    Esta ley prohíbe a padres o responsables, así como a toda persona encargada del cuidado, tratamiento, educación o vigilancia de niños y adolescentes, utilizar el castigo físico o cualquier tipo de trato humillante como forma de corrección o disciplina de niños, niñas o adolescentes.

  • Ley 18.850 Hijos de personas fallecidas como consecuencia de hechos de violencia doméstica


  • EXPLOTACIÓN SEXUAL COMERCIAL HACIA NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES



    Avances en materia legislativa

  • Ley nº 17.815
  • Ley de Violencia sexual comercial o no comercial cometida contra niños, adolescentes o incapaces.

  • Ley 18.250/2008
  • Ley de Migraciones que penaliza, tanto el crimen de tráfico (Artículo 77) como el de trata de personas (Artículo 78)

    Ambas leyes recogen las definiciones establecidas en el Protocolo de Palermo y en el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño sobre venta de niños, prostitución infantil y pornografía infantil.

  • Convención Internacional sobre los Derechos del Niño
  • En especial el art. 34 de la CDN: Protege a los NNA contra todas las formas de explotación y abusos sexuales.

  • Protocolo Facultativo CND
  • Relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía–Ley 17559 año 2002.

  • Convenio 182 de OIT
  • Sobre las peores formas de trabajo Infantil 2001

  • Juzgados Especializados de Crimen Organizado, fueron creados en 2009 y tienen jurisdicción nacional. Cuando comenzaron a funcionar estos juzgados tenían entre sus competencias las conductas delictivas previstas en la ley 17.815. Actualmente esta competencia se ha quitado y solo le compete a estos juzgados intervenir en casos de explotación sexual donde existan redes de crimen organizado.



  • POLÍTICAS PÚBLICAS VIOLENCIA contra NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES



  • SIPIAV

    Sistema Integral de Protección a la Infancia y la Adolescencia contra la Violencia, creado en 2007. El SIPIAV considera y procura articular las políticas y programas de atención a esta problemática. Integrado por: el Instituto de la Niñez y la Adolescencia del Uruguay (INAU), la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP), el Ministerio de Salud Pública (MSP), Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE),el Ministerio de Desarrollo Social (MIDES) y el Ministerio del Interior (MI), Organizaciones de la sociedad civil (OSC) y cuenta con el apoyo de UNICEF. El SIPIAV ha avanzado en la implementación de un modelo de abordaje del problema descentralizado y anclado en los diversos territorios a partir de la creación de los Comité de recepción locales que se están instalando en los departamentos de todo el país. Los objetivos de estos comités son: la recepción, orientación y coordinación ante el pedido de ayuda y el fortalecimiento de la asistencia a nivel local plasmando orientaciones y acuerdos de forma intersectorial. El SIPIAV ha avanzado en la elaboración de protocolos y mapas locales de actuación como en la formación y capacitación de operadores sociales. Ha contribuido en la sistematización y producción de datos estadísticos a partir de la implementación de sistemas de información y registro. Sostiene un espacio permanente de coordinación y articulación entre las diversas instituciones que la componen.

  • Consejo Nacional Consultivo de Lucha contra la Violencia Doméstica

    La ley 17.514 crea este mecanismo interinstitucional con el cometido de diseñar políticas públicas de enfrentamiento de la violencia doméstica. El mismo es presidido por INMUJERES y está integrado por representantes de las más altas jerarquías del Ministerio del Interior, Ministerio de Salud Pública, Ministerio de Educación y Cultura, INAU, Poder Judicial, ANEP, Congreso de Intendentes y tres representantes de ANONG (Asociación Nacional de Organizaciones No Gubernamentales) quien delega la representación en la Red Uruguaya contra la Violencia Doméstica y Sexual.

  • Primer Plan Nacional de Lucha contra la Violencia Doméstica (2004-2010),

    El mismo fue elaborado por el Consejo Nacional Consultivo y parte de un marco conceptual consensuado entre sociedad civil y Estado donde se integran la perspectiva de género y derechos y recoge en sus formulaciones los reclamos históricos planteados por las organizaciones sociales.

  • Comisiones Departamentales de lucha contra la violencia doméstica

    Las mismas se han instalado en cada uno de los departamentos del país con representantes locales de los distintos organismos gubernamentales y representantes de la sociedad civil organizada. El objetivo de estas comisiones es impulsar, implementar y gestionar políticas locales de enfrentamiento del problema en el marco del Plan Nacional.

  • INAU

    Quien preside el mencionado sistema, desarrolla convenios con organizaciones sociales para la atención especializada a niñas, niños y sus familias víctimas de violencia intrafamiliar. Estos convenios radican en la zona metropolitana del país, Montevideo (capital) y en sus departamentos limítrofes, Canelones (Ciudad de Las Piedras, Ciudad de la Costa, Pando y Toledo) y el departamento de San José en la Ciudad de San José de Mayo. El Organismo transfiere fondos mensuales a las organizaciones para la atención de aproximadamente de 360 situaciones.

  • Prestaciones sociales:

    A través de la Ley 18.850 los niños, niñas y adolescentes huérfanos de familias víctimas de violencia doméstica podrán percibir una pensión, una asignación familiar especial, asistencia psicológica y derechos a elegir el prestador de salud .

    POLÍTICAS PÚBLICAS EXPLOTACIÓN SEXUAL COMERCIAL



  • Comité Nacional para la Erradicación de la Explotación Sexual Comercial y No Comercial de la Niñez y Adolescencia de Uruguay (CONAPEES), creado por decreto en 2004. Se le asignó, primordialmente, la función de planificar y proponer una política de carácter público y de diseño focalizado en el área de la explotación sexual de la niñez y la elaboración de un Plan Nacional. El Comité está conformado por el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay quien lo preside, Ministerio del Educación y Cultura, Ministerio de Salud Pública, Ministerio del Interior, Ministerio de Turismo, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Administración Nacional de la Educación Pública, Asociación Nacional de Organizaciones no Gubernamentales, Instituto Interamericano del Niño, la Niña y Adolescentes, Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia.


  • Plan Nacional de Erradicación de la Explotación Sexual Comercial y No Comercial aprobado en el año 2007, que deberá garantizar a los niños el derecho a estar protegidos contra toda forma de violencia sexual. En este sentido, no sólo debe contemplar la efectiva aplicación de la legislación vigente respecto al tema, sino además deberá asegurar medidas de prevención, protección, atención y rehabilitación psico-social de las víctimas de cualquiera de estas formas de violencia. Asimismo, deberá aplicar medidas de persecución y represión a quienes incurren en cualquiera de estos delitos.


  • El CONAPEES ha realizado importantes esfuerzos en la capacitación de operadores sociales en distintos puntos del país


  • INAU ha realizado esfuerzos en distintas áreas:

    Investigación: Participación en el Proyecto Frontera, de carácter bi-nacional. Este ha contribuido a aportar una aproximación diagnostica sobre la situación de la explotación sexual en la zona fronteriza con Brasil.

    Sensibilización: Realización de campañas en medios de comunicación, recientemente ha impulsado la campaña: “No hay excusas” con apoyo de UNICEF.

    Capacitación:Apoyo a las instancias de capacitación organizadas por CONPEES en distintos puntos del país.

    Atención a víctimas: Recientemente ha creado el Área de atención a víctimas de trata y explotación sexual y tiene proyectado generar respuestas de atención a la problemática.

    Inspección: INAU realiza inspecciones en locales nocturnos y ha realizado importantes esfuerzos para capacitar a sus inspectores para que puedan identificar casos y generar primeras medidas.



  • Leer CONSEJOS PARA PERIODISTAS sobre Violencia hacia niños, niñas y adolescentes