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ANEP deberá publicar datos sobre repetición y desvinculación en liceos

La Justicia determinó que la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP), deberá dar a conocer los datos sobre repetición y desvinculación en los liceos, detallando la información de cada centro educativo.

El organismo tendrá 20 días para hacer efectiva la sentencia del juez Pablo Eguren y facilitar la información “discriminando centro por centro e indicando la matrícula de cada liceo, cantidad de alumnos promovidos y los que repitieron”.

Las cifras habían sido solicitadas por el suplemento Qué Pasa, del diario El País, el pasado mes de marzo, pedido amparado en la ley de Acceso a la Información Pública. Ante la demora del organismo en entregar los datos, el medio de prensa recurrió a la Justicia. Tras varias instancias, el juez Eguren falló a favor de El País, basado en “el derecho a investigar y recibir informaciones y opiniones y el de difundirlas”. Eguren dijo que “no se comprende cuál es el criterio por el cual el Consejo de Educación Secundaria (CES) no ofrece los datos discriminados ya que así lo hizo el Consejo de (Educación Inicial y) Primaria”. El magistrado respondió en el fallo a los argumentos de la ANEP, que afirmó que la publicación de las estadísticas de cada centro podría contribuir a la  discriminación y estigmatización de los liceos y sus alumnos. “Creemos que el criterio de discriminación argumentado por la demandada es subjetivo y sin fundamento, tanto que por la vía del absurdo podría no haberse brindado la información departamento por departamento, en virtud de que unos tienen mejor calificación que otros”, señala el fallo. Agrega que siendo la educación “un cometido esencial” del Estado, “hace al interés de todos los ciudadanos y hace que las políticas educacionales se conviertan en políticas de Estado”.

La ANEP tendrá tres días para apelar la sentencia.