La Cámara de Diputados aprobó ayer por unanimidad, una serie de cambios en la Ley de Adopciones. Los legisladores acordaron establecer un orden jerárquico para la integración provisional del niño, mientras el juez se define: con un integrante de la familia biológica o extensa; la inserción provisional en una familia de acogida; la inserción provisional en una familia seleccionada del Registro Único de Aspirantes y como último recurso la internación provisional.
La exposición de motivos señala que “es una etapa de enorme fragilidad del niño o adolescente donde hay que preservar sus derechos, tratando de llevar al mínimo las frustraciones que ya viene sufriendo (…) El ordenamiento propuesto da cuenta de ese objetivo central que intenta evitar el peregrinaje del que han sido objeto los niños en esta situación”.
También se ajustaron criterios referidos a la patria potestad. El texto aprobado establece que una persona podrá adoptar plenamente a un hijo anterior de su actual pareja, “siempre que el niño o adolescente haya perdido todo vínculo con el otro progenitor”. “En este caso, quien ejerce la patria potestad sobre el niño adoptado por su pareja, continuará en su ejercicio”.