ELEMENTOS PARA TOMAR EN CUENTA DURANTE LA COBERTURA PERIODÍSTICA
Recomendamos que los medios de comunicación eviten el uso de estereotipos en cuanto a la orientación sexual y la identidad de género, promuevan la tolerancia y aceptación de la diversidad de orientaciones sexuales e identidades de género humanas y sensibilicen al público en torno a estas cuestiones
Asimismo, la Organización Panamericana de la Salud dirige otras recomendaciones2 a los medios: . La representación de grupos, poblaciones o individuos no heterosexuales en los medios se recomienda hacerla con el respeto que merece cualquier persona, evitando estereotipos o humor que se preste al escarnio, maltrato y lesiones a la dignidad y bienestar individual y colectivo.La homofobia, en cualquiera de sus manifestaciones y expresada por cualquier persona sin distinciones ni fueros, debe ser expuesta como un problema de salud pública, de atentado a la dignidad y a los derechos humanos. . El uso de imágenes positivas de personas y grupos no heterosexuales, lejos de promover la homosexualidad (en virtud de que la orientación sexual no puede ser cambiada), contribuye a crear una visión más humana y más cercana de la diversidad, disipando temores infundados y promoviendo sentimientos de solidaridad con el prójimo.
. La publicidad que incite a la intolerancia homofóbica deberá ser denunciada en virtud de que contribuye a aumentar un problema de salud pública y riesgos para el derecho a la vida, con múltiples facetas siendo las más pronunciadas el sufrimiento emocional crónico, la violencia física y los crímenes de odio. . La propaganda de “terapeutas”, “centros de atención” o cualquier instancia que ofrezca servicios para cambiar la orientación sexual debe ser considerada ilegal y consecuentemente debe denunciarse a las autoridades competentes. Para cumplir con esas recomendaciones y realizar un trabajo periodístico cabal es conveniente comenzar por repasar la terminología básica con respecto a la realidad LGTBI, términos inadecuados, sugerencias, y el régimen jurídico nacional relativo a la diversidad sexual.