MARCO NORMATIVO - VIOLENCIA DOMÉSTICA

El delito de violencia doméstica se incorporó al Código Penal uruguayo (artículo 321 bis) en 1995 en el marco de la aprobación de la Ley Nº 16.707 de Seguridad Ciudadana (artículo 18) 1. En 2002 se aprobó la Ley 17.514 2 de Violencia Doméstica enmarcada en el derecho de familia en el ámbito civil, que crea el Consejo Nacional Consultivo de Lucha contra la Violencia Doméstica 3 (CNCLVD) y le encomienda la elaboración de un Plan Nacional de Lucha contra la Violencia Doméstica. Este se realiza en el curso del siguiente año siendo aprobado por decreto del Poder Ejecutivo. La Ley establece un procedimiento rápido para adopción de medidas de protección o medidas cautelares.

Su redacción contempla en general situaciones de violencia en el ámbito familiar. En la práctica los operadores judiciales y abogados aplican esta norma a la violencia ejercida en el marco de una relación de pareja o de dos personas que estuvieron en pareja.

La norma abarca las situaciones de violencia que afectan a niños, niñas y adolescentes en el ámbito familiar. Sin embargo para estos casos, en la jurisprudencia uruguaya se aplica el Código de la Niñez y la Adolescencia 4 .

A partir de la aprobación de estas normas los ministerios y organismos involucrados han elaborado protocolos de abordajes 5que buscan facilitar la articulación y coordinación interinstitucional y establecer procedimientos sistemáticos. http://www.infoviolenciadomestica.org.uy/marco_juridico.php.


LOS PROTOCOLOS Y MAPAS DE RUTA CREADOS SON LOS SIGUIENTES:

Ministerio del Interior
Guía de procedimiento policial para las actuaciones en violencia doméstica y de género.
Ministerio del Interior, 2010, en http://www.minterior.gub.uy/index.php/es/servicios/violencia-domestica

Ministerio de Salud Pública
Mapa de ruta para la prevención y la atención de situaciones de maltrato y abuso sexual infantil en el sector salud.
MSP – SIPIAV – UNICEF, 2009, en www.unicef.org.uy

Guía para el abordaje integral de la salud de adolescentes en el primer nivel de atención.
Programa Nacional de Salud Adolescente. Direcciones General de Salud, MSP. Capítulo: Violencias (2009), en www.msp.gub.uy/andocasociado.aspx?3886,19324

Abordaje de Situaciones de Violencia Doméstica hacia la Mujer.
Guía de Procedimientos en el Primer Nivel de Atención de Salud. MSP, 2006. / Decreto de MSP 494/2006. (2006), en www.msp.gub.uy/andocasociado.aspx?5684,21585

Instituto del Niño, Niña y Adolescente en Uruguay
Protocolo de Intervención para situaciones de violencia hacia niños/as y adolescentes de INAU – SIPIAV, 2007, en http://www.inau.gub.uy/dependencias-principales/sipiav.html

Administración Nacional de Educación Pública
Mapa de Ruta en el ámbito escolar para las situaciones de maltrato y abuso sexual que viven niños, niñas y adolescentes. ANEP, CEP, UNICEF, 2007, en http://www.unicef.org/uruguay/spanish/publications.html

Protocolo para Enseñanza Media.
Situaciones de Violencia Doméstica en Adolescentes, en www.anep.edu.uy/anepdata/0000016166.pdf

Ley 15.164 de 1981.
Aprueba la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW) de las Naciones Unidas fue adoptada el 18 de diciembre de 1979. http://sip.parlamento.gub.uy/leyes/AccesoTextoLey.asp?Ley=15164
.

Ley 17.338 de 2001.
Aprueba el protocolo facultativo de la CEDAW, adoptado por Naciones Unidas el 6 de octubre de 1999. http://sip.parlamento.gub.uy/leyes/AccesoTextoLey.asp?Ley=17338. El 14 de noviembre de 2008, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer emitió observaciones al Estado uruguayo luego de que sus autoridades presentaran con atraso los informes cuarto, quinto, sexto y séptimo. http://acnudh.org/wp-content/uploads/2006/01/CEDAW-URUGUAY-2008.pdf .

Ley 16.735 de 1996.
Aprueba la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, conocida como Convención de Belém Do Pará. Fue adoptada el 9 de junio de 1994, en el vigésimo cuarto período ordinario de sesiones de la Asamblea General de la OEA. http://200.40.229.134/leyes/AccesoTextoLey.asp?Ley=16735&Anchor.

Por último, Uruguay también incorporó a su legislación nacional la Convención sobre los Derechos del Niño; la Declaración Universal de Derechos Humanos, los Pactos Internacionales de Derechos Civiles y Políticos y de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y la Declaración y la Convención Americana de Derechos Humanos.



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